“Presentamos los documentos exigidos por la ley, solicitando el reconocimiento de nuestro movimiento”, manifestó Gabor Martin Poka.
“Creo que a la ciudad de Asunción le faltan eventos deportivos, más puestos de salud, proyectos que estimulen a la gente, ya que los ciudadanos piden algo distinto, algo nuevo, y nosotros queremos incentivar el cambio y brindar seguridad para que la gente quiera volver a salir de sus casas con tranquilidad”, agrego, poka.
Igualmente, agradeció el buen trabajo que brinda la Justicia Electoral a la hora de solicitar apoyo a las personas que así lo requieran”, concluyó Poka.
Las documentaciones presentadas, son en base a las exigencias del Artículo 17, de la Ley N° 834/96 Código Electoral Paraguayo, a los efectos de obtener su personería jurídica para su reconocimiento.
Como siguiente pasó a la solicitud de reconocimiento, los miembros del Tribunal Electoral, Primera Sala, verificarán si los documentos presentados se encuentran en su totalidad y posteriormente correrá traslado al Fiscal Electoral, que dictaminará dentro de los diez días, sobre la legitimidad y procedencia de la petición.
La documentación arrimada por los peticionantes, consta de los requisitos que hacen referencia a las tareas preparatorias requeridos para constituir una agrupación política, sus propiciadores, en número no menor de cien ciudadanos que procederán a extender una escritura pública que contendrá las siguientes menciones.
El nombre y apellido, domicilio, numero de cedula de identidad, numero de inscripción en el Registro Cívico Permanente y firma de los comparecientes; declaración de constituir un partido político en formación, denominación bases ideológicas y programáticas de carácter democrático que individualicen al partido político cuya constitución se proyecta y el estatuto provisorio, la constitución de las autoridades provisionales, el domicilio del partido político y la designación de sus apoderados.
Conforme lo dispone el Cronograma Electoral para las Elecciones Municipales Periodo 2020-2025, establecido por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), se recuerda que hasta el 13 de enero, los movimientos y partidos políticos en formación pueden presentar sus solicitudes de reconocimiento ante el Tribunal Electoral de la circunscripción judicial correspondiente al distrito donde presentará candidaturas a Intendente y Miembros de Junta Municipal.
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