Penalización por falta de eliminación de criaderos de mosquitos se deriva a comisiones

El proyecto apunta a una función eminentemente preventiva y con la finalidad de proteger la salud pública en general, dado que la descripción de la conducta punible será clara y específica de modo a que cualquier ciudadano pueda comprender en toda su dimensión.

Será punible por no haber eliminado los criaderos de mosquitos con virus vectores de dengue, zika y chikunguña, habiendo sido advertido previamente por la autoridad competente en materia ambiental o municipal. Ofrece como sanción para el tipo base un marco de pena privativa de libertad de seis meses hasta tres años o multa.

La diputada Rocío Vallejo, explicó los alcances del proyecto y dijo que no todas las medidas administrativas que competen especialmente a los municipios, son herramientas suficientes para que algunas personas eliminen los criaderos; por lo que surgió la idea, para que en periodos de emergencia, se apliquen normativas más severas.

Por su parte, el diputado Arnaldo Samaniego dijo, que si bien estaba de acuerdo con la iniciativa, proponía su vuelta a comisión para un mejor estudio.

Recordó que en la Municipalidad de Asunción hay una ordenanza que determina la falta en “leve, grave y gravísima”, para el inicio de la gestión ante el Ministerio Público. “Lo que sí tenemos que encontrar es un instrumento en el cual podamos tener controlado, ante esta emergencia, el funcionamiento de las instituciones”, indicó.

Dijo, finalmente, que durante su estudio en las comisiones, se podrá nutrir con más experiencias, el documento, teniendo en cuenta la legislación vigente y convocando a las instituciones pertinentes para un mejor efecto.

Fuente: Agenda Paraguay


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