San Lorenzo: Persisten en que conductores de plataformas digitales cuenten con registro de conducir profesional

“Pueden transitar sin ningún problema. No es con nosotros, ese es el problema. Ya le dije a las personas, ahora mismo esta un proyecto de Ley en la Cámara de Diputados y ahí hay que hacer lobby para que salga conforme a lo que ellos desean. Nosotros no podemos legislar en contra de lo que establece la Ley”, aseveró.

Según Peralta la ley 1590 establece que “todo vehículo que cobra una tarifa por el servicio que presta” son los que deben de ser considerados un transporte público. Al ser un trasporte público aseguró que se aplica la ley 5016/14 que establece que los conductores de vehículos públicos deben tener un registro profesional clase A.

“El tema de vestir nunca existió en la ordenanza. No se de donde se sacó eso, un medio periodístico publicó que de varios miles es la multa si están mal vestido. El tema del uniforme no hay regla, el estar bien vestido no existe en la ordenanza. Tener 24 años dice en la Ley y la ordenanza se hizo en base a la Ley”, explicó.

 


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