La labor desplegada está sujeta a la persecución de los hechos punibles cometidos y a los efectos del cumplimiento del decreto del Poder Ejecutivo, normativas dictadas por el Ministerio de Salud que dispone el aislamiento preventivo general de la población en carácter de cuarentena sanitaria a fin de mitigar la propagación de la pandemia COVID 19 en nuestro país.
En tal sentido, dentro de las atribuciones constitucionales del Ministerio Público, han sido formuladas imputaciones de acuerdo a las diversas conductas realizadas por los supuestos autores.
En el marco de los procedimientos realizados por los diversos agentes fiscales en todos los departamentos a nivel nacional, se registran un total de 362 imputaciones desde la aplicación de las medidas restrictivas hasta la fecha.
Hechos más registrados
Los hechos más registrados son Resistencia, Perturbación a La Paz Pública y Violación a la cuarentena sanitaria (Ley 716), así también Exposición al Peligro en Tránsito Terrestre, Daño a obras construidas o medios técnicos de trabajo, y algunos hechos de Violación a la Ley de Armas.
Las sanciones pueden variar con penitenciaría o multa de acuerdo al hecho imputado y según la legislación vigente.
Se exhorta a la ciudadanía en general, el cumplimiento a cabalidad de las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo, a los efectos de evitar la imposición de sanciones penales a quienes se exponen, a las personas que incumplan las medidas preventivas dispuestas, y constituyan conductas penales, todo esto para que las medidas adoptadas tengan un resultado efectivo para todos.
Tal como lo indica la Constitución Nacional, el Ministerio Público representa a la sociedad ante los órganos jurisdiccionales para velar por el respeto de los derechos y de las garantías constitucionales. Promover la acción penal pública en defensa del patrimonio público y social, del medio ambiente y de otros intereses difusos. Por lo que los agentes fiscales abrirán investigaciones a aquellas personas que no cumplan con las medidas impuestas, atendiendo que el principal bien jurídico a ser salvaguardado es la vida y la salud pública de toda la sociedad en una situación de Emergencia Sanitaria no solo en nuestro país, sino que afecta a casi todos los países a nivel mundial.
Fuente: Ministerio Público

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