Dicha ley fenece el 13 de diciembre de este año y de no ampliarse sería una catástrofe, ya que habilitaría a que se deforeste lo último que queda de bosque en la Región Oriental del Paraguay. A Todo Pulmón y más de 60 organizaciones ambientales de nuestro país hicieron la solicitud del tratamiento de la extensión de la Ley de Deforestación Cero.
Esta mañana durante el inicio de la sesión, el Senador Juan Afara, presidente de la Comisión Nacional de Defensa de los Recursos Naturales (Conaderna), propuso el tratamiento sobre tablas de la extensión de dicha ley, que fue aprobado por la mayoría del Senado y ya está en el orden del día de la sesión de hoy jueves.
Se espera que en breve se trate dicha ley y representantes de las organizaciones ambientales aguardan que los senadores voten a conciencia y se logre la extensión de esta importante Ley. Paraguay perdió más del 90% de la masa forestal de la ecorregión del Bosque Atlántico del Alto Paraná, uno de los bosques con mayor diversidad biológica del mundo. Esta región fue deforestada para realizarse cambio de uso de suelo.
En el año 2004 se promulgó la Ley de Deforestación Cero, que impide realizar actividades de transformación o conversión de superficies con cobertura de bosques en la Región Oriental del Paraguay, con el fin de proteger los remanentes boscosos, que incluye en su gran mayoría a la ecorregión del Bosque Atlántico de Alto Paraná, por su importancia ecológica y productiva para el Paraguay y el Mundo. El 13 de diciembre de este año termina la vigencia de la Ley, y si no se amplía, nuevamente los bosques valiosísimos de la Región Oriental quedarían sin protección alguna.
Las razones por las cuales se plantea extender por 10 años la vigencia de la Ley de Deforestación Cero son:
● Para dar un tiempo suficiente para la recuperación de los bosques altamente degradados, alterados y dar un tiempo para que se puedan reconectar y recuperar su funcionalidad.
● Para poder establecer un mecanismo financiero para que los tenedores de bosques reciban los beneficios establecidos por ley en los regímenes de servicios ambientales.
● Para que las condiciones de las instituciones que salvaguardan el patrimonio natural de estos bosques se fortalezcan.

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