El Tribunal consideró que no se acreditaron vulneraciones reales a los derechos de Galeano y sostuvo que la tutela jurisdiccional no era la vía correspondiente para disponer su traslado.
La fiscal Dominica Zayas había apelado la resolución y argumentó que la tutela jurisdiccional no constituye la vía legal para ordenar un cambio de establecimiento penitenciario.
Según el recurso, la decisión sobre el traslado de personas privadas de libertad corresponde al Ministerio de Justicia y al Poder Ejecutivo, conforme a la normativa vigente.
Con el fallo, queda sin efecto el traslado dispuesto por el juez Mendoza y Galeano continuará recluido en el Centro Nacional de Prevenidos.
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