El informe del Observatorio indica que las denuncias por este hecho punible crecieron de 558 en 2023 a 684 en 2024 y alcanzaron 702 en 2025. En promedio, el 89 % de las víctimas corresponde a personas adultas mayores y en más del 95 % de los casos se registra una sola víctima por causa. El perfil de las víctimas varía ligeramente según el año. En 2023, el 48 % de las personas afectadas tenía entre 70 y 79 años y predominaban los varones.
En 2024, el 34 % se encontraba en ese mismo rango etario y las cifras de víctimas mujeres y varones se igualaron. En 2025 volvió a predominar el sexo masculino, principalmente en el grupo de 80 a 89 años. Respecto al estado de salud, la mayoría de las víctimas presenta enfermedades graves o crónicas, aunque el porcentaje disminuyó de manera progresiva: 79 % en 2023, 69 % en 2024 y 55 % en 2025. Además, el 95 % de las personas afectadas presenta imposibilidad de valerse por sí mismas, mientras que el resto padece enfermedades neurológicas o trastornos mentales.
En cuanto a las personas denunciadas, el parentesco más frecuente es el de hijos e hijas, seguidos por hermanos y hermanas, padres y madres, sobrinos y cónyuges. El promedio de edad de los denunciados se concentra entre los 30 y 44 años, que representan el 39 % de los casos analizados. Respecto al sexo, en 2023 predominaron las mujeres denunciadas; en 2024 las cifras se igualaron entre hombres y mujeres, y en 2025 volvió a haber una leve mayoría femenina (51 %).
Las consecuencias registradas en las denuncias incluyen deterioro físico de las víctimas, privación económica que impide cubrir necesidades básicas como alimentación y atención médica, y deterioro psicológico. En varios casos también se verificaron otros hechos punibles, tales como abandono, coacción, lesiones y amenazas. Los denunciantes más frecuentes son familiares cercanos, seguidos por la Policía Nacional, la Defensoría Pública, amigos y vecinos.
Geográficamente, el departamento Central concentra la mayor cantidad de denuncias, seguido por Asunción, mientras que el resto de los casos se distribuye en menor proporción en departamentos como San Pedro, Cordillera, Caaguazú, Misiones y Alto Paraná. El hecho punible está tipificado en el artículo 227 del Código Penal, que establece: “El que violara gravemente su deber legal de cuidado de personas ancianas o discapacitadas, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años o con multa”.
El informe del Observatorio del Ministerio Público se basa en muestras analizadas por la Oficina de Estadística: 82 casos de 2023, 90 de 2024 y 90 de 2025.
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